<span style="font-size:150%;">100pxRepública Francesa OrganizaciónQuinta República Francesa Constitución francesa de 1958 Poder ejecutivoPresidente de la República Primer ministro Gobierno Instituciones Administración pública Poder legislativoParlamento Asamblea Nacional Senado Poder judicialConsejo Constitucional Consejo de Estado Sistema judicial Organización territorialConsejo regional Consejo general Comunas Francia de UltramarEleccionesPartidos políticos Presidenciales Legislativas Senatoriales Regionales Cantonales Municipales Referéndum EconomíaBanco de Francia Tribunal de Cuentas Consejo económico y socialDefensa y DiplomaciaFuerzas Armadas Gendarmería Nacional Política exterior Símbolos nacionalesAsuntos socialesSeguridad social Protección social Educación Sanidad Las Instituciones políticas de Francia presentan dos particularidades nacionales. Primero, no es ni un régimen parlamentario de tipo británico, en el que el Gobierno procede del Parlamento, ni un régimen presidencialista de separación de poderes de tipo americano, en el que el presidente debe pactar con el congreso: la V República es un régimen híbrido marcado por la hipertrofia de la función presidencial y la falta de contrapesos suficientes. Otra particularidad en comparación con la mayoría de las grandes democracias es un sistema electoral mayoritario a dos vueltas en vez de a una (Estados Unidos, Gran Bretaña) o en lugar de la representación proporcional (Europa continental). Este sistema favorece el multipartidismo (en la primera vuelta) y la creación de dos grandes coaliciones electorales (en la segunda vuelta), una de derechas y otra de izquierdas. El régimen francés ha evolucionado mucho, sin embargo, desde los comienzos de la V República: las instituciones y el sistema político no han dejado de transformarse hasta alcanzar sus formas actuales.

Constitución

Principios

Principios básicos

Los principios fundamentales de la República Francesa están presentes en su lema «Libertad, Igualdad, Fraternidad». Esos principios están asociados con derechos políticos y sociales para cada ciudadano.Libertad, Igualdad, Fraternidad, Ministerio de Asuntos Exteriores y Europeos Por eso, el primer artículo de la constitución proclama que «Francia es una república indivisible, laica, democrática y social».Constitución del 4 de octubre de 1958 , Asamblea Nacional

«Una República indivisible» significa que ninguna parte del pueblo francés ni ninguno individuo puede ejercer la soberanía nacional. Sólo el pueblo ejerce tal soberanía mediante representantes o referéndum. La unidad e indivisibilidad también garantiza la aplicación sin discriminación del derecho sobre el territorio nacional. El aspecto laico de la República es una particularidad de Francia. Se refiere al principio de la libertad de creencias y de igualdad de todos los ciudadanos frente a la ley. Implica la separación de las Iglesias y del Estado. Ninguna religión puede tener un estatuto privilegiado en la República y cada individuo tiene la entera libertad de opinión y de fe. El aspecto democrático de la República implica el respeto de las libertades fundamentales y la designación de los individuos en los diferentes poderes mediante el sufragio. El aspecto social se fundamenta en el principio de igualdad: se trata de contribuir a la cohesión social y de mejorar las condiciones de vida de los menos favorecidos.

Soberanía

La constitución define los principios de la soberanía nacional en el título primero (De la Soberanía). Afirma que «la soberanía nacional pertenece al pueblo que la ejerce mediante sus representantes y por referéndum». Define la república como el « gobierno del pueblo, por el pueblo, y para el pueblo».

La constitución también recuerda que la soberanía es una e indivisible, «ninguna parte del pueblo ni ningún individuo puede atribuirse el ejercicio de ella». Tal concepción rechaza toda organización de tipo federal del Estado.

El sufragio es la expresión de la soberanía. La Constitución afirma que «el sufragio puede ser directo o indirecto» y que es «siempre universal, igual y secreto». El papel de los partidos y organizaciones políticas es también expresamente reconocido en el funcionamiento de las instituciones: «participan en la expresión del sufragio». La revisión de la constitución de julio de 2008 refuerza este papel, porque afirma su participación en la vida democrática de la nación.

El pueblo es la única fuente del poder. El ejercicio del poder se hace en su nombre, y su legitimidad resulta de su voluntad expresada en el sufragio universal. El Presidente de la República y la Asamblea Nacional ejercen la soberanía nacional, ya que son elegidos por sufragio universal directo. También el pueblo puede expresarse en referendos, para ciertos proyectos de leyes y revisiones de la constitución.

Símbolos

Los símbolos y los emblemas de la V República reflejan la tradición republicana:thumb|200px|Un desfilado militar el 14 de julio en París «El emblema nacional es la bandera tricolor, azul, blanco, rojo» y «el himno nacional es la Marsellesa». Esos símbolos fueron adoptados definitivamente a principios de la Tercera República. Son el recuerdo de la Revolución Francesa.La bandera francesa, Ministerio de Asuntos Exteriores y Europeos Los tres colores de la bandera aparecieron el 17 de julio de 1789. El blanco es el símbolo de la monarquía, y el rojo y el azul son las colores de la ciudad de París.Símbolos de la República La bandera francesa, Ministerio de los Asuntos Exteriores La Marsellesa fue escrita en Estrasburgo en 1792 por Rouget de Lisle.Himno y lema, Ministerio de Asuntos Exteriores y Europeos En aquella época, estaba "Canto de guerra para el ejército del Rhin", y se volvió el himno nacional con un decreto de la Convención del 26 messidor año III (es decir el 14 de julio de 1795, pero los revolucionarios adoptaron un nuevo calendario en 1792). El 14 de febrero de 1879, el Parlamento reafirmó este símbolo.La Marsellesa, Ministerio de Asuntos Exteriores y Europeos Rouget de Lisle (1760-1836) y La Marsellesa , Asamblea Nacional Mariana es el símbolo de la República. Las primeras representaciones de ella aparecieron bajo la Revolución Francesa, pero no se conoce el origen de su nombre. Se convirtió en el símbolo de la República a partir de los años 1880. Su busto está presente en cada ayuntamiento, al lado del retrato del Presidente de la República.Símbolos de la República Marianne, Ministerio de los Asuntos Exteriores El 14 de julio es el día de la fiesta nacionalSímbolos de la República El 14 de julio, Ministerio de los Asuntos Exteriores desde principios de la Tercera República (ley del 6 de julio de 1880).Símbolos de la República 14 de julio: historia de una fiesta nacional y popular, Ministerio de los Asuntos Exteriores

Hay también condecoraciones, incluyendo la famosa Legión de Honor, creada por Napoléon Bonaparte con la ley del 29 Floréal año X. También fue creado el Ordre National du Mérite con un decreto del 3 de diciembre de 1963.

Historia de la constitución

La Cuarta República

Antes de 1958, las instituciones se caracterizaban por una fuerte inestabilidad ministerial: más de ciento cuatro gobiernos se sucedieron entre 1871 y 1940 y veinticuatro entre 1947 y 1958. Esta inestabilidad se debía a la predominancia del Parlamento en el sistema jurídico de las Segunda y Tercera Repúblicas,La consolidación del régimen parlamentario (1875-1940, 1946-1958) , Asamblea Nacional elegido mediante voto proporcional, lo que favorecía el multipartidismo. El Parlamento controlaba totalmente el gobierno, decidiendo su composición gracia al proceso de la investidura (que obliga al gobierno a ser aprobado por el Parlamento) y cuestionando su responsabilidad. Muchas veces los partidos se aliaban para derribar los gobiernos, y resultaba muy difícil llegar a un acuerdo entre ellos para formar un gobierno consensual y duradero. Esa situación acarreó largos periodos de crisis y parálisis ministerial.

El ejecutivo tenía pocos poderes y no tenía los medios de enfrentar el Parlamento. El derecho a la disolución del Parlamento existía, pero en práctica no se lo utilizó. Bajo la Segunda República, el presidente de la República tenía esta derecho, pero el jefe de Estado solo tenía un papel honorífico y no tenía poderes reales. Así después de la disolución por Mac-Mahon en 1877, ningún presidente volvió a utilizarlo. Bajo la Cuarta República, el presidente del Gobierno tenía el poder de disolución, pero había condiciones restrictivas para utilizarlo, así que esas condiciones solo fueron reunidas una vez, en 1955, única disolución del periodo.

Condiciones históricas

Las instituciones de la Quinta República fueron creadas en el contexto de la crisis argelina. El problema argelino acarreó fuertes divisiones políticas, así, no había consenso en la Asamblea Nacional para aprobar un gobierno. A comienzos de 1958, cinco gobiernos se sucedieron en cinco meses. El gobierno de Maurice Bourgès-Maunoury no duró más que tres meses, el de Félix Gaillard, seis meses. A partir del 15 de abril de 1958, los diputados no pueden lograr un acuerdo para un nuevo Presidente del Consejo (jefe del gobierno).

Mientras tanto, la crisis argelina estaba continuando, y el 13 de mayo de 1958, algunos generales del ejército francés intentaron un putsch militar, creando en Argel un "Comité de Salut Public", lo que significa que ya no reconocían la autoridad del gobierno francés. Frente a la urgencia, los diputados nominaron Pierre Pfimlin el mismo día para formar un gobierno. Pero los generales de Argel se empeñaron y Pierre Pfimlin dimito el 28 de mayo.

El primero de junio, para evitar un golpe de Estado, los parlamentarios acudieron al general de Gaulle y lo aprobaron para formar un nuevo gobierno. El Parlamento aprobó el 3 de junio de 1958 una ley que permite que el nuevo gobierno instale nuevas instituciones, bajo ciertas condiciones (régimen parlamentario, por ejemplo). Esta ley obliga el texto instituyendo nuevas instituciones a ser aprobada por referéndum. Este referéndum tuvo lugar el 28 de septiembre de 1958. La nueva constitución es aprobada, y se volvió oficial el 4 de octubre de 1958.

Cronología detallada

Novedades

Evolución y modificaciones La Constitución de 1958 fue modificada 15 veces entre 1958 y 2008. Inicialmente, había dos procedimientos para modificarla, pero una fue rápidamente eliminada. El procedimiento clásico tiene diferentes etapas: propuesta por el primer ministro o un parlamentario, iniciativa del Presidente de la República, revisión de la propuesta por las dos cámaras hasta la aprobación definitiva de un texto, ratificación por el Congreso o por un referéndum. El referéndum es preciso la propuesta es de origen parlamentaria.

La elección del presidente al sufragio universal

A pesar de que la elección del presidente por sufragio universal directo es ahora la principal característica de la Quinta República, esta no aparecía en el texto original de la Constitución. De hecho, fue introducida a través de un referéndum decidido por el presidente de Gaulle en octubre de 1962.

La evolución progresiva del régimen

Las cohabitaciones

La revisión de julio de 2008

Funcionamiento de las instituciones

Presidente de la República

Las elecciones presidenciales thumb|El Palacio del Elíseo, en París, residencia del Presidente