Las Juntas de Gobierno fueron organismos políticos que surgieron en la Monarquía Española en el tanto en América como en la península ibérica, frente a la crisis generada por las abdicaciones de Bayona en 1808 y la cesión de los derechos de la Corona española a Napoleón Bonaparte y la consiguiente Guerra de la Independencia Española. Las provincias de Ultramar reaccionaron de forma muy semejante a los reinos metropolitanos, y a través del derecho tradicional, revirtieron el gobierno del rey a la comunidad.
Sin embargo paso que, la retroversión provisional del rey a la comunidad se convirtió en una revolución liberal que transformó el estado, y las Juntas y Cortes españolas lo mismo que las Juntas americanas y sus congresos, defendieron el derecho de Fernando VII al trono, pero como un rey subordinado a la soberanía popular. Además, las juntas hispanoamericanas rechazaron la pretensión de los peninsulares de subyugarles al gobierno de la Regencia española, reducida a la ciudad de Cádiz, y fueron consideradas insurgentes por los gobiernos de la Metrópoli. Con el triunfo en el seno del movimiento juntista del ideario republicano, resultante de las revoluciones estadounidense y francesa, estos movimientos juntistas derivaron en movimientos abiertamente republicanos, correspondientes al desarrollo de los movimientos de independencia
Había dos posiciones predominantes en Hispanoamérica. Los españoles, particularmente los altos funcionarios de gobierno y clero, fueron partidarios de que la situación de gobierno se mantuviera, continuando en sus cargos los virreyes y gobernadores y otras autoridades, bajo la dirección del Consejo de Regencia con sede en Cádiz. Por otra parte, los criollos y algunos españoles, postularon la formación de juntas de gobierno, un fenómeno a veces denominado juntismo, por cuanto consideraron que la Regencia solo tenía validez para el pueblo que lo había generado y que su autoridad no era extensiva a América. A su vez, esgrimieron el argumento escolástico de que las colonias o reinos americanos eran entidades político-administrativas independientes de las existentes en la España europea, porque habían quedado vinculadas jurídicamente a la Corona de Castilla mediante la Bula Inter caetera. Estando ausente el monarca, ellos tenían los mismos derechos de autogobierno, porque también se apoyaron en la doctrina tradicional del poder de las Siete Partidas, que en tales circunstancias les devolvía la soberanía para establecer el orden político que resultase más conveniente a sus intereses.
En España, la reunión de las distintas juntas peninsulares con la de Sevilla —que se había proclamado como Junta de España e Indias y que incluso había enviado comisionados a Ultramar- condujo en 1808 a la creación de la Junta Suprema Central. Tras las derrotas militares frente a Napoleón, este organismo se trasladó a Cádiz, donde en enero de 1810 dio paso a la Regencia de España e Indias. Ese mismo mes se constituyó de manera paralela la Junta de Cádiz, que desde su instalación asumió, respecto de los territorios americanos, la misma posición de primacía que había ejercido la Junta de Sevilla en 1808. A comienzos de marzo de 1810 de Cádiz, zarparon en la goleta Carmen con destino a Venezuela, Nueva Granada y el Alto Perú, los comisionados de la Regencia: el quiteño Carlos Montúfar, el bogotano Antonio Villavicencio y el chileno José de Cos Iriberri. Su cometido no se limitaba a cumplir las instrucciones de la Regencia, pues además portaban la “Proclama de la Junta Superior de Cádiz a la América Española” de 28 de febrero de 1810, en la que se denunciaba el mal gobierno de la extinta Junta Central y se ofrecía:
Por ello, en la mayor parte de los territorios hispanoamericanos, los criollos, a través de los cabildos, manifestaron sus intenciones y promovieron con éxito en la mayoría de los casos la instauración de juntas de gobierno locales fieles a la persona de Fernando VII (pero no al gobierno nacional español o francés), a quien reconocían como legítimo soberano, pero subordinado a la soberanía de la Junta. Entre 1808 y 1810, se constituyeron juntas en México, Montevideo, Chuquisaca, La Paz, Quito, Caracas, Cartagena, Buenos Aires, Santa Fe y Santiago. Algunas de ellas fueron efímeras, otras perduraron en el tiempo, pero en sus inicios ninguna tuvo carácter separatista. Con el triunfo en su seno de las ideas liberales y republicanas venidas de Estados Unidos y Francia se transformaron en el conjunto de reformas políticas, económicas y administrativas que condujeron finalmente a la independencia de las naciones hispanoamericanas.