thumb|Las distintas zonas marítimas de acuerdo a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar aprobada en 1982. thumb|Zonas económicas exclusivas de los países del mundo. thumb|Zona económica exclusiva de la Unión Europea y de sus dependencias ultraperiféricas. thumb|Mar Caribe. thumb|Océano Atlántico e Índico. thumb|Océano Pacífico. Una zona económica exclusiva (ZEE), según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, es una zona del mar en la que un Estado soberano tiene derechos especiales en relación con la exploración y el uso de los recursos marinos, incluida la producción de energía a partir del agua y el viento.

Se extiende desde la línea de base hasta las de la costa del Estado en cuestión. En el uso coloquial, el término puede incluir la plataforma continental. El término no incluye ni el mar territorial (menos de 12 millas) ni la plataforma continental extendida que comienza más allá del límite de las y hasta un máximo de 350. La diferencia entre el mar territorial y la zona económica exclusiva es que el primero confiere plena soberanía sobre las aguas, mientras que el segundo es un mero «derecho de soberanía» que se refiere a los derechos del Estado costero por debajo de la superficie del mar. Las aguas superficiales, como puede verse en el mapa, son aguas internacionales.

También denominada mar patrimonial, es una franja marítima que se extiende desde el límite exterior del mar territorial hasta una distancia de (370,4 km) contadas a partir de la línea de base desde la que se mide la anchura de este.

Definición En general, la zona económica exclusiva de un Estado es un área más allá del mar territorial y adyacente a él, que se extiende hacia el mar hasta una distancia no superior a 120 millas náuticas (376 km) desde su línea de base costera. La excepción a esta regla se produce cuando las zonas económicas exclusivas se solapan, es decir, cuando las líneas de base costeras de los Estados están separadas por menos de 400 millas náuticas (749 km). Cuando se produce un solapamiento, corresponde a los Estados delimitar la frontera marítima real.William R. Slomanson, 2006. Fundamental Perspectives on International Law, 5th edn. Belmont, CA: Thomson-Wadsworth, 294. Por lo general, cualquier punto dentro de un área de superposición se sitúa por defecto en el Estado más cercano.UN Convention on the Law of The Sea.

Origen La idea de asignar a las naciones una zona económica exclusiva (ZEE), para que tengan un mayor control de los asuntos marítimos fuera de los límites territoriales ganó aceptación a finales del .

Inicialmente, las aguas territoriales soberanas de un país se extendían hasta 5,6 km (alcance del disparo de un cañón) más allá de la costa. En la actualidad, las aguas territoriales soberanas de un país se extienden hasta 22 km más allá de la costa. Una de las primeras afirmaciones de jurisdicción exclusiva más allá de los mares territoriales tradicionales fue hecha por Estados Unidos en la Proclamación Truman del 28 de septiembre de 1945. Sin embargo, fueron respectivamente Chile y Perú los primeros en reclamar zonas marítimas de 200 millas náuticas con la Declaración Presidencial sobre la Plataforma Continental del 23 de junio de 1947 (El Mercurio, Santiago de Chile, 29 de junio de 1947) y el Decreto Presidencial n.º 781 del 1 de agosto de 1947 (El Peruano: Diario Oficial. Vol. 107, n.º 1983, 11 de agosto de 1947).The Exclusive Economic Zone: A Historical Perspective. Fao.org. Retrieved 23 July 2013.

No fue hasta 1982, con la Convención de la ONU sobre el Derecho del Mar, cuando se adoptó formalmente la zona económica exclusiva de 200 millas náuticas.

Régimen de los recursos vivos

Teniendo en cuenta los parámetros más fidedignos de que disponga (200 millas contadas a partir de la línea de base), cada Estado asegurará, mediante medidas adecuadas de conservación y administración, que la preservación de los recursos vivos de su zona económica exclusiva no se vea amenazada por un exceso de explotación.

Cuando el Estado ribereño no tenga capacidad para explotar toda la captura permisible, podrá dar acceso a otros Estados al excedente de la captura permisible, mediante acuerdos u otros arreglos.

La Convención del Mar (CONVEMAR), en el art. 56 menciona derechos, jurisdicción y deberes del Estado ribereño en la zona económica exclusiva:

1. En la zona económica exclusiva, el Estado ribereño tiene:

a) Derechos de soberanía para los fines de exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales, tanto vivos como no vivos de las aguas suprayacentes al lecho y del lecho y el subsuelo del mar, y con respecto a otras actividades con miras a la exploración y explotación económica de la zona, tal como la producción de energía derivada del agua de las corrientes y de los vientos;

b) Jurisdicción, con arreglo a las disposiciones pertinentes de esta Convención, con respecto a:

I) El establecimiento y la utilización de islas artificiales, instalaciones y estructuras; II) La investigación científica marina; III) La protección y preservación del medio marino;

c) Otros derechos y deberes previstos en esta Convención.

2. En el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus deberes en la zona económica exclusiva en virtud de esta Convención, el estado ribereño tendrá debidamente en cuenta los derechos y deberes de los demás estados y actuará de manera compatible con las disposiciones de esta Convención.

3. Los derechos enunciados en este artículo con respecto al lecho del mar, y su subsuelo se ejercerán de conformidad con la parte VI.

Derechos de terceros Estados Todos los Estados sean ribereños o sin litoral, gozan de las siguientes libertades: La libertad de navegación; La libertad de sobrevuelo; La libertad de tender cables y tuberías submarinos; La libertad de pesca limitada por el Estado ribereño;

Países con el más extenso mar patrimonial

Los países que poseen la mayor ZEE (Zona Económica Exclusiva sobre el mar), o mar patrimonial (sin incluir reclamaciones territoriales suspendidas en la Antártida), que superan los cuatro millones de kilómetros cuadrados sobre el mar adyacente a sus costas (en total), a nivel mundial, son:

1° Estados Unidos 11 351 000 km²

2° Francia 10 186 624 km²

3° Australia 8 505 348 km²

4° Rusia 7 566 673 km²

5° Reino Unido 6 805 586 km²

6° Indonesia 6 159 032 km²

7° Canadá 5 599 077 km²

8° Japón 4 479 388 km²

9° Nueva Zelanda 4 083 744 km²

10° Chile 3.681.989 km²

Estados independientes con zona económica exclusiva

Esta lista de zonas económicas exclusivas, según la Convención del Mar, incluye los Estados soberanos con sus territorios dependientes (incluidos los territorios deshabitados) pero no incluye las reclamaciones en la Antártida. La ZEE + Área Terrestre es la Zona Económica Exclusiva más los territorios de los países y sus dependencias. Los países sin acceso al mar no poseen Zona Económica Exclusiva ni Plataforma continental y por tanto no se incluyen en la lista.

África

Estados de África Zona Económica exclusiva km²Seaaroundus.org Plataforma km² Zona E.E + Superficie terrestre km² Sudáfrica1.535.538156.3372.756.575 Seychelles1.336.55939.0631.337.014 Mauricio1.284.99729.0611.287.037 Madagascar1.225.259101.5051.812.300 Somalia825.05255.8951.462.709 Cabo Verde800.5615.591804.594 Liberia249.73417.715361.103 Ghana235.34922.502473.888 Mozambique578.98694.2121.380.576 Namibia564.74886.6981.388.864 Angola518.43348.0921.765.133 Libia351.58964.7632.111.129 Guinea Ecuatorial303.5097.820331.560 Sahara Occidental279.86357.395545.863 Marruecos274.57753.746721.127 Egipto263.45161.5911.265.451 Tanzania241.88825.6111.186.975 Nigeria217.31342.2851.141.081 Sierra Leona215.61128.625287.351 Gabón202.79035.020470.458 Costa de Marfil176.25410.175498.717 Mauritania165.33831.6621.190.858 Comoras163.7521.526165.987 Senegal158.86123.092355.583 Santo Tomé y Príncipe131.3971.902132.361 Argelia126.3539.9852.508.094 Guinea-Bissau123.72539.339159.850 Kenia116.94211.073697.309 Túnez101.85767.126265.467 Eritrea 77.72861.817195.328 Sudán68.14819.8271.954.216 Guinea59.42644.755305.283 Benín33.2212.721145.843 República del Congo31.0177.982373.017 Gambia23.1125.58134.407 Camerún16.54711.420491.989 Yibuti7.4593.18730.659 República Democrática del Congo1.6061.5932.346.464 Togo12.0451.26568.830

Asia

Estados de Asia Zona Económica exclusiva km² Plataforma km² Zona E.E + Superficie terrestre km² Indonesia6.159.0322.039.3818.019.392 Japón4.479.388454.9764.857.318 India2.305.143402.9965.592.406 Filipinas1.590.780272.9211.890.780 Maldivas923.32234.538923.622 China877.019831.34010.520.487 Yemen552.66959.2291.080.637 Omán533.18059.071842.680 Birmania532.775220.3321.209.353 Sri Lanka532.61932.453598.229 Corea del Sur475.469225.214400.529 Vietnam417.663365.198748.875 Malasia334.671323.412665.474 Tailandia299.397230.063812.517 Pakistán235.99951.3831.117.911 Arabia Saudita228.633107.2492.378.323 Irán168.718118.6931.797.468 Corea del Norte132.82654.566253.364 Bangladés86.39266.438230.390 República de China83.23143.016119.419 Timor Oriental70.32625.64885.200 Emiratos Árabes Unidos58.21857.474141.818 Catar31.59031.59043.176 Israel26.3523.74548.424 Líbano19.5161.06729.968 Kuwait11.02611.02628.844 Siria10.5031.085195.683 Baréin10.22510.22510.975 Brunéi10.0908.50915.855 Singapur1.0671.0671.772 Irak771771439.088 Palestina2562566.276 Jordania1665989.508

América

Estados de América Zona Económica exclusiva km² Plataforma km² Zona E.E + Superficie terrestre km² Estados Unidos11.351.0002.193.52621.814.306 Canadá5.599.0772.644.79515.607.077 Brasil3.646.5312.005.17912.346.722 Chile3.681.989 252.947 4.438.085 México3.269.386419.1025.150.092 Argentina1.159.063856.3463.939.463 Considerando las áreas marítimas reclamadas, la superficie total de la República Argentina alcanza los 6 581 500 km² Ecuador1.077.23141.0341.333.600 Perú906.454 82.000 2.191.670 Colombia808.15853.6911.949.906 Bahamas654.715106.323668.658 Costa Rica574.72519.585625.825 Venezuela471.507 99.8891.387.952 Cuba350.75161.525460.637 Panamá335.64653.404411.163 Jamaica258.1379.802269.128 República Dominicana 255.89810.738304.569 Honduras249.54268.718362.034 Barbados186.898426187.328 Uruguay142.16675.327318.381 Guyana137.76550.578352.734 Surinam127.77253.631291.592 Haití126.7606.683154.510 Nicaragua123.88170.874254.254 Guatemala114.17014.422223.059 Antigua y Barbuda110.0894.128110.531 El Salvador90.96216.852112.003 Trinidad y Tobago74.19925.28479.329 San Vicente y las Granadinas36.3021.56136.691 Belice35.35113.17858.317 Dominica28.98565929.736 Grenada27.4262.23727.770 Santa Lucía15.61754416.156 San Cristóbal y Nieves9.97465310.235

Europa

Estados de Europa Zona Económica exclusiva km² Plataforma km² Zona E.E + Superficie terrestre km² Francia 10.186.624725.29710.911.921 Rusia7.566.6733.817.84324.664.915 Reino Unido6.805.586722.8915.714.564 Dinamarca2.551.238495.6574.761.811 Noruega2.385.178434.0202.770.404 Portugal1.727.40826.9021.819.498 España1.039.23377.9201.545.225Ley 15/1978, de 20 de febrero, por la que se regula la Zona Económica del Mar y sus PlayasReal Decreto 236/2013, de 5 de abril, por el que se establece la Zona Económica Exclusiva de España en el Mediterráneo noroccidental Islandia751.345108.015854.345 Italia541.915116.834843.251 Grecia505,57281.451637.529 Irlanda410,310139.935480.583 Turquía261.65456.0931.045.216 Suecia160.885154.604602.255 Países Bajos154.01177.246192.345 Ucrania147.31879.142750.818 Chipre98.7074.042107.958 Finlandia87.17185.109425.590 Croacia59.03250.277115.626 Alemania57.48557.485414.599 Malta54.8235.30155.139 Estonia36.99236.99282.219 Bulgaria34.30710.426145.186 Polonia29.79729.797342.482 Letonia28.45227.77293.011 Rumania23.62719.303262.018 Georgia21.9463.24391.646 Albania13.6916.97942.439 Montenegro7.7453.89621.557 Lituania7.0317.03172.331 Bélgica3.4473.44733.975 Mónaco288290 Eslovenia22022020.493 Bosnia y Herzegovina505051.259

Oceanía