miniaturadeimagen|Juramentación del ex presidente de facto de Argentina, Jorge Rafael Videla. En este país, como en muchos otros, los gobiernos de facto que interrumpieron el orden constitucional fueron numerosos. Un gobierno de facto (en latín, «de hecho»), en contraposición al gobierno de iure, es aquel que ostenta el poder en la práctica, pero no está reconocido por el ordenamiento jurídico del Estado que dirige, como resultado de una ruptura institucional provocada por golpe de Estado, revolución, usurpación, abrogación o cualquier otro procedimiento al margen de dicho ordenamiento jurídico. Según la teoría política tradicional, su reconocimiento por parte de los actores internacionales es un acto voluntario y discrecional, atendiendo generalmente a la efectividad de la situación creada.
Entre sus características principales está la ruptura del orden constitucional (es decir, del Estado de derecho), el surgimiento de una nueva forma de creación de normas jurídicas, la arrogación de todos los poderes del Estado y la imposición generalmente violenta de obediencia en la población civil. El gobierno de facto, para ser reconocido internacionalmente, debe ostentar el poder soberamente, sin resistencias internas significativas; por lo tanto, debe ser capaz de comprometer al Estado interna y externamente. Esto es llamado «principio de efectividad».
A menudo, los gobiernos de facto se originan de golpes de Estado que derrocaron gobiernos legítimos y constitucionales. Sin embargo, también puede suceder un vacío de poder donde, por alguna circunstancia, el gobierno de iure no esté operativo, dando origen necesariamente a un gobierno de facto provisorio para evitar un colapso estatal. Referencias
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