La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia de España, más conocida como «ley de dependencia», es una ley española que crea el actual Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que es el conjunto de servicios y prestaciones destinados a la promoción de la autonomía personal, así como a la protección y atención a las personas, a través de servicios públicos y privados concertados debidamente acreditados.
La Ley define autonomía personal como la «capacidad de controlar, adoptar y tomar por propia iniciativa decisiones personales, así como desarrollar las actividades básicas de la vida diaria» y dependencia como el “«Estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal».
La persona dependiente lo es bien por sufrir una enfermedad o suceso incapacitante, o por llegar a la vejez. La dependencia personal es así la incapacidad funcional para el desarrollo de actividades de la vida diaria y por requerir ayuda para su realización.Evolución y estructura de la población en situación de dependencia, Antonio Abellán García, Cecilia Esparza Catalán, Julio Pérez Díaz, Cuadernos de Relaciones Laborales 29 (1): 43-67.<ref>'Evolución y estructura de la población en situación de dependencia en Apuntes de demografía]</ref>
Historia La Ley fue presentada el 5 de marzo de 2006 por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, en un acto público. El 20 de abril de 2006 fue aprobada por el Consejo de Ministros y el 30 de noviembre de 2006 fue aprobada de forma definitiva en el Pleno del Congreso de los Diputados con una amplia mayoría.
Al final, fue publicada en el Boletín Oficial del Estado n.º 299, del 15 de diciembre de 2006.Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-21990
Del 2012 al 2015 unas 125.914 personas que según la ley deberían haber recibido ayudas y no las recibieron fallecieron.
Una investigación publicada el 2016 evaluó el estado del funcionamiento de la ley y concluyó que había una "de mejorar las fuentes de financiamiento, la calidad del sistema de gestión, la coordinación entre los sistemas sociales y sanitarios, la participación de la ciudadanía en la toma de decisiones y el sistema de evaluación global continua".
Contexto poblacional En el año 2008 se estimaba que podría haber en España dos millones de personas dependientes sobre una población total, ese mismo año, de unos 46 millones de habitantes. Para los investigadores del CSIC Abellán, Esparza y Pérez Díaz la dependencia se hace más probable con el aumento de la edad, es superior entre las mujeres y aquellas personas que poseen un menor nivel de instrucción. Además existe una relación entre el orden de aparición y la prevalencia de las discapacidades que pueden provocar dependencia personal, así, aparecen en primer lugar y son los más frecuentes los problemas relacionados con la movilidad exterior; les siguen las dificultades en las tareas habituales del hogar y en último lugar los problemas de cuidado personal. La ayuda familiar es la principal respuesta y la mujer desempeña un papel fundamental en las diferentes situaciones de dependencia: como madre de niño o joven dependiente, esposa o hija de varón adulto con discapacidad, o hija de padres mayores con dificultades funcionales.
Desarrollo reglamentario de la Ley La Ley inició su andadura gradual el . Desde entonces, se han aprobado las siguientes normas de desarrollo de la Ley: El Real Decreto 504/2007 de 20 de abril, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la ley de 39/2006 de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
El Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia,Agencia Estatal boletín Oficial del Estado. Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-3174 aprobado siendo la ministra Leire Pajín Iraola la titular del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. Este baremo se adoptó, según se afirma en el preámbulo del Real Decreto, para "mejorar la objetivación de la situación de dependencia y la clasificación de sus grados y niveles". Desde su entrada en vigor se han endurecido los requisitos para ser reconocido en situación de Dependencia y, en consecuencia, se ha reducido el número de incorporaciones anuales de nuevas personas a los beneficios de la Ley de Dependencia.Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales. "El examen sobre el territorio y la aplicación de la Escala". http://issuu.com/directorasgerentes/docs/xiii_dictamen_escala_-_junio_2014__/3?e=7134924/8616858
El Real Decreto 1050/2013, de 27 de diciembre, por el que se regula el nivel mínimo de protección, que regula la aportación de la Administración General del Estado a la financiación de Ley de Dependencia, los nuevos criterios de asignación y la forma y procedimiento de pago a las comunidades autónomas. De acuerdo con lo regulado en esta norma, además de los anteriores criterios de financiación, como el número de beneficiarios o los grados de dependencia, se incorpora un nuevo criterio adicional de reparto en función del tipo de prestaciones reconocidas, ponderándose positivamente aquellas prestaciones que atienden a los beneficiarios a través de servicios, por encima de las prestación económica para cuidados en el entorno familiar.Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Real Decreto 1050/2013, de 27 de diciembre, por el que se regula el nivel mínimo de protección. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-13810
El Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que regula los servicios y prestaciones económicas de la Ley de Dependencia, la compatibilidades e incompatibilidades entre los mismos y asegura la excepcionalidad de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar.Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-13811 Real Decreto 291/2015, de 17 de abril, por el que se modifica el R.D. 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Contenido de la Ley La estructura de la Ley es la siguiente: un título preliminar, un título primero que contiene cinco capítulos, un título segundo con cinco capítulos, un título tercero, dieciséis disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias y nueve disposiciones finales.
Financiación y presupuesto El Estado aportará más de 12 638 millones de euros desde 2007 hasta el 2015. El primer año serán 400 millones, ascendiendo anualmente esta cifra hasta sumar 2212 millones en 2015. Las comunidades autónomas deberán aportar las mismas cantidades. Los usuarios sufragarán el 35% del total en función de su renta. Si una familia puede pagar el 90% del coste de una residencia, así deberá hacerlo durante todo el tiempo posible.
Implementación La Ley pretende ser universal y dar prioridad a la teleasistencia, la ayuda a domicilio y los centros de día, siendo «excepcional» el pago de un sueldo al cuidador familiar, una vez se haya dado de alta en la Seguridad Social.
Análisis de la ley de dependencia El objetivo de esta sección es intentar responder algunas de las preguntas concretas utilizando la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, conocida popularmente como Ley de Dependencia.
Queremos aclarar que, con el objetivo de alcanzar una mejor comprensión del tema, se ha cambiado el texto que aparece en la ley y se ha utilizado un lenguaje más coloquial, omitiendo y añadiendo algunos comentarios; por lo tanto, lo que se expone a continuación es de carácter informativo y no tiene valor jurídico. En este sentido se avisa al lector que debe leer la Ley 39/2006, ya que la interpretación de los autores de este apartado puede no ser la correcta.
Diferencia entre autonomía y dependencia
Una persona es autónoma cuando puede tomar decisiones personales sobre como vivir y puede desarrollar por sí mismo las actividades mínimas necesarias para realizar su vida diaria. Siendo las actividades básicas de la vida diaria “las tareas más elementales de la persona, que le permiten desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, tales como: el cuidado personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad esencial, reconocer personas y objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes o tareas sencillas”.
En contraposición una persona esta en situación de dependencia cuando no puede por sí misma ser autónoma y necesita la ayuda de otra persona para hacer las actividades básicas de la vida diaria.
La Ley 39/2006 es ampliamente conocida como "ley de dependencia", y a menudo se olvida "…de Promoción de Autonomía Personal"). Es de enorme trascendencia puesto que eleva a la categoría de "derecho subjetivo de ciudadanía" la promoción "en igualdad" de la propia autonomía personal. Expresa el derecho a “la capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.”
Beneficiarios directos
Refiriéndonos a las personas de la tercera edad la ley establece unos requisitos para poder disfrutar de los derechos de estar en situación de dependencia, estos requisitos son: Ser español Encontrarse en situación de dependencia (en alguno de los grados establecidos en la propia ley). Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
La ley de dependencia establece requisitos para la obtención de la prestación para tener un asistente personal a la dependencia (PAP) para otros colectivos de personas, como personas que carezcan de la nacionalidad española, menores de edad, etc.
Grados de dependencia
La situación de dependencia se clasifica en tres grados:
Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.